Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, puntos esenciales que debes conocer
Su objetivo es prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato.
Define que la discriminación, consiste en toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional, ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades.
Señala, que se basa en uno o alguno de los motivos siguientes:
Origen étnico o nacional.
Embarazo.
Raza.
Color de piel.
Cultura.
Sexo.
Género
Edad.
Discapacidad.
Condición social.
Condición económica.
Condición de salud.
Condición jurídica.
Religión.
Apariencia física.
Características genéticas.
Situación migratoria.
Lengua.
Opinión.
Preferencias sexuales.
Identidad o filiación política.
Estado civil.
Situación familiar.
Responsabilidades familiares.
Idioma.
Antecedentes penales.
Además de todos los actos de homofobia, misoginia o cualquier manifestación de xenofobia y antisemitismo.
En relación al ámbito laboral, precisa que está prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto o efecto:
Impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades, como es la libre elección de empleo.
Restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo.
Establecer diferencias en la remuneración, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales.
Limitar el acceso y permanencia a los programas de capacitación y de formación profesional.
Determina que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, se encarga de llevar a cabo las acciones para prevenir y eliminar la discriminación, a través de la generación y promoción de políticas, programas, proyectos y acciones orientadas a cumplir con ese objetivo.
Además de establecer que dicho Consejo, dispone de las medidas administrativas y de reparación respectivas, las cuales impondrá, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal que pueda derivarse.
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